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POLICÍA LOCAL DE JUMILLA
Concejal Delegada: Raquel Ruescas Carmona / e-mail: areapolicia@jumilla.org
La Policía Local se define como "Institutos Armados de naturaleza Civil, con estructura y organización jerarquizada, rigiéndose, en cuanto a su régimen estatutario, por los principios básicos de actuación, disposiciones estatutarias comunes y régimen disciplinario de la presente Ley, con la adecuación que exija la dependencia de la Administración correspondiente; también se regirán por las disposiciones dictadas al respecto por las CC.AA. por los Reglamentos específicos para cada Cuerpo y por las demás normas dictadas por los correspondientes Ayuntamientos".
El Ayuntamiento de Jumilla se encuentra acogido al “Programa de ayuda a las policías locales de los municipios de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia 2021-2025”
FUNCIONES |
Las funciones de la Policía Local de Jumilla vienen recogidas en el artículo 53 de la Ley Orgánica 2/86 de 13 de marzo, Ley de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, y dispone que los Cuerpos de Policía Locales deberán ejercer las siguientes funciones:
PERSONAL ADSCRITO |
1 Comisario
1 Inspector
5 Subinspectores
43 Agentes
UBICACIÓN |
Edificio sito en el Paseo del Poeta Lorenzo Guardiola s/n
HORARIO DE ATENCIÓN AL PÚBLICO |
Horario de servicios de 00.00 a 24.00 horas
Horario de Administración de 10'00 a 14'00 horas
Horario de Notificación de 11'00 a 14'00 horas
CONTACTO |
Teléfono fijo 968.78 40 40 (llamadas desde móvil y fijo)
Teléfono 092 (llamadas desde fijo)
Fax 968 10 80 13
Correo electrónico: policialocal@jumilla.org