POLICIA
LOCAL DE JUMILLA |
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La Policía Local se define como “Institutos Armados de naturaleza Civil, con estructura y
organización jerarquizada, rigiéndose, en cuanto a su régimen estatutario, por las
principios básicos de actuación, disposiciones estatutarias comunes y régimen disciplinario
de la presente Ley, con la adecuación que exija la dependencia de la Administración
correspondiente; también se regirán por las disposiciones dictadas al respecto por las
CCAA, por los Reglamentos específicos para cada Cuerpo y por las demás normas
dictadas por los correspondientes Ayuntamientos”.
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FUNCIONES |
Las funciones de la Policía Local de Jumilla viene
recogidas en el artículo 53 de la Ley Orgánica 2/86 de 13
de marzo, Ley de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, y
dispones que los Cuerpos de Policía Locales deberán
ejercer las siguientes funciones:
- Proteger a las Autoridades de las Corporaciones Locales y Vigilancia o Custodia de sus edificios e instalaciones.
- Ordenar, Señalizar y Dirigir el tráfico en el casco urbano, de acuerdo con lo establecido en las normas de circulación.
- Instruir Atestados por accidentes de circulación dentro del casco urbano.
- Policía Administrativa en lo relativo a las Ordenanzas, Bandos y demás disposiciones Municipales dentro del ámbito de su competencia.
- Participar en las funciones de Policía Judicial. Auxiliando a los Juzgados y Tribunales y al Ministerio Fiscal, en la averiguación de los delitos y en el descubrimiento y aseguramiento de los delincuentes.
- La Prestación de Auxilio en los casos de Accidente, Catástrofes, o Calamidades Públicas, participando, en la forma prevista en las Leyes, en la ejecución de los planes de Protección Civil.
- Efectuar Diligencias de Prevención y cuantas actuaciones tiendan a evitar la comisión de actos delictivos en el marco de colaboración establecido en las Juntas de Seguridad.
- Vigilar las Espacios Públicos y Colaborar con las Fuerzas y Cuerpos de Estado y Con las Policías de las CCAA, en la Protección de las manifestaciones y el mantenimiento del orden en grandes concentraciones humanas, cuando sean requerido para ello.
- Cooperar en la resolución de los Conflictos Privados, cuando sean requerido para ello.
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PERSONAL ADSCRITO |

1 Oficial.
1 Sargento.
5 Cabos.
51 Agentes
1 Agente Administrativo.
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UBICACIÓN |
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Edificio sito en el Paseo del Poeta Lorenzo Guardiola s/n.
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TELÉFONOS |
Teléfono fijo 968.784.040 (llamadas desde móvil y fijo).
Teléfono 092 (llamadas desde fijo).
Fax 968.780.956
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HORARIO DE ATENCIÓN AL PÚBLICO |
Horario de servicios de 00.00 a 24.00 horas.
Horario de Administración de 10’00
a 14’00 horas.
Horario de Notificación de 11’00 a
14’00 horas.
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TASAS DE EXPEDICIÓN DE DOCUMENTOS |
| TASA | SOLICITUD |
| Tasa de solicitud de diligencia a prevención. 13’44 euros. |
Solicitud por escrito a la Administración Policial y pago de documento de tasas. |
| Tasa de corte de calle.
50 euros
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Solicitud por escrito a la Administración Policial y pago de documento de tasas. |
| Tasa de Certificado.
3, 31 euros.
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Solicitud por escrito a la Administración Policial y pago de documento de tasas. |
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IMPRESOS |
| TASA | SOLICITUD | DESCARGA |
| Tasa de corte de calle.
50 euros
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Solicitud por escrito a la Administración Policial y pago de documento de tasas. |
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CORREO ELECTRONICO |
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